Requerimientos diarios de energía estimados para cada nivel: mil 300 kilocalorías para Preescolar; mil 579 para Primaria y dos mil 183 para estudiantes de Secundaria.
Según la nueva regulación "las botanas, galletas, pastelitos, confites y postres siempre y cuando cumplan con las características indicadas en el presente anexo, podrán incluirse una vez a la semana, en sustitución de una preparación de alimentos, para así no rebasar el contenido energético diario del refrigerio".
Esto significa que estos productos se pueden seguir distribuyendo en las escuelas. Además, la distribución de productos no se limita a una marca, sino que las autoridades invitan a los proveedores de alimentos que tengan interés de incluir sus productos a registrarse para poder recibir la autorización correspondiente.
Estas son las sugerencias sobre los principales productos que se venden o consumen en planteles educativos:
-Agua: Se podría permitir la venta de bebidas con edulcorantes no calóricos en porciones de 250 ml., o menos, sin cafeína y sin taurina.
-Leche: Semidescremada o descremada en presentación de 250 ml. Se podría permitir con edulcorantes no calóricos.
-Yogur: Porción de 150 g con 40 por ciento o menos del total de calorías provenientes de azúcares y 2.5 g. o menos de grasas totales en 100 g. Puede contener edulcorantes no calóricos.
-Jugos de frutas y verduras: Porción de 150 g con 40 por ciento o menos del total de calorías provenientes de azúcares y 2.5 g. o menos de grasas totales en 100 g. Se podría permitir con edulcorantes no calóricos.
-Botanas: Chicharrón de harina, palomitas de maíz, de caramelo y platanitos dulces. Sólo se permiten presentaciones de una porción con máximo 140 calorías, 40 por ciento máximo de calorías totales provenientes de grasas totales y 0.5 g. máximo de ácidos grasos trans por porción.
-Galletas y pastelillos: Sólo se permiten presentaciones de una porción con máximo 140 calorías por porción, 40 por ciento máximo de calorías totales provenientes de grasas totales y 0.5 g. máximo de ácidos grasos trans por porción.
-Oleaginosas y leguminosas secas: El grupo de las oleaginosas (cacahuates, nueces, almendras, pistaches) y leguminosas secas (habas secas) no se encuentra sujeto al criterio de grasas totales por su alto valor nutrimental ya que, a pesar de su alto contenido de grasas, su consumo moderado ha sido asociado con efectos positivos para la salud, siempre y cuando no tengan grasas añadidas. Aplican los demás criterios para botanas.